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Día Internacional de la Reducción de Daños

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Por Fabio Ramos – Integrante de RESET – Política de Drogas y Derechos Humanos

Hoy, como cada 7 de mayo desde 2014, se conmemora el Día Internacional de la Reducción de Daños en lo que concierne al uso de sustancias. Esta fecha apunta al reconocimiento de todas aquellas personas y organizaciones de todo el mundo que trabajan en este sentido, y al reclamo de diferentes políticas sanitarias, de acuerdo a cada país, en pos de instalar el concepto y llevarlo a la práctica con medidas concretas.

La instauración de esta jornada fue una iniciativa de la Coalición Internacional de Reducción de Daños, con el objetivo de difundir la importancia de la aplicación de programas de que cuyo eje es disminuir los efectos no deseados que conlleva el uso de ciertas sustancias. Ello debe ir de la mano con la no criminalización y la no estigmatización de los usuarios, y su acercamiento a un sistema de salud que sea respetuoso de los derechos humanos y los derechos individuales, para lo cual el consumo de drogas debiera salir de la esfera penal y ser potestad de la esfera sanitaria.

Un poco de historia

Un documento de 2002 de la Coalición Internacional de Reducción de Daños manifiesta: “Para bien o para mal, las drogas lícitas e ilícitas hacen parte de este mundo y la reducción de daños elige trabajar para reducir sus efectos dañosos en vez de simplemente ignorarlos o condenarlos”.

El término “reducción de daños” se empleó por primera vez en 1926, en Inglaterra, en el denominado “Informe Rolleston”. El mismo bregaba por un nuevo abordaje de lo que hoy conocemos como consumos problemáticos, mediante acciones que no siempre buscaban la abstinencia como mitigación de los efectos nocivos del abuso de sustancias ilícitas y lícitas.

Pero fue recién a fines de los 70 y comienzos de los 80 que se implementaron los primeros programas dirigidos en ese sentido. El ejemplo más cabal se encuentra en Inglaterra y Países Bajos a mediados de los años 80, donde se crearon los primeros centros de distribución e intercambio de agujas y jeringas como respuesta al avance del VIH. No obstante, Países Bajos ya había comenzado puesto en marcha estas medidas en los 70, antes de la aparición del HIV.

Estas políticas son la muestra de que de la reducción de daños no sólo busca disminuir los riesgos y posibles daños propias del uso de sustancias sino además de su modo de administración.

En materia de cannabis, Países Bajos también fue pionero con la instauración de los coffee shops, una medida antiprohibicionista que impulsó que lxs usuarixs se alejaran del comercio ilegal y a su vez de la exposición a otras sustancias más dañinas ofrecidas por el mercado clandestino.

Diferentes programas de reducción de daños se reproducirían con el paso del tiempo en países como Portugal, Suiza, Estados Unidos y Uruguay. A nivel global, organizaciones como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) apostaron por la prohibición, la criminalización y la abstinencia como únicos modos de paliar los efectos nocivos del consumo de drogas.

Ello supuso -y aún lo hace- una serie de trabas para la aplicación de políticas de reducción de daños en todo el mundo.

No obstante, es preciso señalar que, con el devenir de los años, ciertos organismos internacionales con gran implicancia en materia de políticas de drogas se han pronunciado sobre el concepto de reducción de desde un lugar más cercano, empático y amigable.

Un ejemplo podemos encontrarlo en el documento de 2017 “Reducción del daño: buenas Prácticas, áreas de oportunidad Y nuevos enfoques conceptuales”, de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD).

El mismo, basándose en las consideraciones extraídas de la UNGASS 2016 (Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Problema Mundial de las Drogas), invita a “las organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas a presentar su conocimiento y experiencia práctica para demostrar que la reducción del daño no sólo es un enfoque teórico útil para guiar los esfuerzos gubernamentales en materia de drogas y salud, sino un conjunto de herramientas de probada efectividad para mejorar la calidad de vida y la supervivencia de las personas que usan drogas, así como para garantizar el respeto irrestricto a sus derechos humanos”.

En ese sentido, entre las conclusiones de la UNGASS 2016 se reconoce implícitamente al “enfoque de reducción de daños como una medida legítima para atender la salud y pide a los Estados Miembros hacer uso de este enfoque para abordar problemáticas específicas como las sobredosis de opioides”, autorizando, entre otras medidas, la administración del fármaco naloxona.

En 2018 la OMS, el ONUSIDA y la UNOD publicaron una guía técnica para orientar a los países en la definición de las metas del acceso para todos a la prevención, el tratamiento y la atención de la infección por el VIH, dirigido a los consumidores de drogas inyectables describe un paquete integral de intervenciones basadas en la evidencia y encaminadas a reducir el daño asociado con el consumo de drogas inyectables.

Hace semanas el Consejo de Derechos Humanos de la ONU hizo pública la resolución “Aporte del Consejo de Derechos Humanos en relación con las implicancias de derechos humanos sobre políticas referidas a drogas”. La misma es la primera resolución negociada políticamente en la ONU que menciona el concepto de reducción de daños y además exhorta a los países miembros del órgano a que adopten políticas de drogas que garanticen el respeto de los derechos humanos y el acceso a la salud pública, y que abandonen los enfoques basados en la represión y la discriminación de lxs usuarixs.

A su vez, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, manifestó que el prohibicionismo es “pernicioso para la salud pública” y que “la guerra contra las drogas se ha convertido en una guerra contra las personas”.

Reducción de Daños en Argentina

A nivel nacional, la teoría dista demasiado de la práctica. Si bien las últimas modificaciones a la Ley de Salud mental y la sanción en 2014 del Plan IACOP (Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos) introducen nuevos conceptos y paradigmas en cuanto al abordaje de la problemática -por ejemplo, el uso del término consumos problemáticos y de reducción de daños, y la supresión de las denominadas “internaciones compulsivas”-, la aplicación de estas normas es defectuosa.

En ese sentido, vale mencionar qué dice el Plan IACOP sobre “incorporar el modelo de reducción de daños”: “Se entiende por reducción de daños a aquellas acciones que promuevan la reducción de riesgos para la salud individual y colectiva y que tengan por objeto mejorar la calidad de vida de los sujetos que padecen consumos problemáticos, disminuir la incidencia de enfermedades transmisibles y prevenir todo otro daño asociado, incluyendo muertes por sobredosis y accidentes. Incorporar una mirada transdisciplinaria e interjurisdiccional, vinculándose los efectores sanitarios con las instancias de prevención, desarrollo e integración educativa y laboral”.

En 2016, dos años después de la sanción del Plan IACOP, la SEDRONAR (Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina) publicó el “Plan Nacional de Reducción de la Demanda de Drogas 2016-2020”, documento que nunca menciona el concepto de reducción de daños. En 2021, la Unidad de Auditoría Interna de la Jefatura de Gabinete de Ministros concluyó sobre el plan de la Sedronar que “en función de las tareas desarrolladas podemos señalar que continúan observándose debilidades en el sistema de control interno y funcionamiento operativo de la entonces Dirección Nacional del Observatorio Argentino de Drogas (DNOAD)”.

Por ello, en 2022, a través de la resolución 2116/2022, el Ministerio de Salud de la Nación creó el “Programa para el fortalecimiento de la red asistencial en la atención integral de los consumos problemáticos”. El mismo tampoco hace mención a la implementación de programas de reducción de daños. De hecho, en las consideraciones previas al articulado de la resolución se exponen las falencias del Plan IACOP. “A través de la Ley N° 26.934 se creó el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos […]. El abordaje de los consumos problemáticos […] es un complejo proceso de construcción social con múltiples componentes, que requiere un abordaje integral intersectorial e interdisciplinario […] Resulta necesaria la creación de un Programa con políticas para el abordaje de los consumos problemáticos como parte integrante de las políticas de salud mental.

A ello debe sumarse la falta de información de muchxs profesionales de la salud, hecho que no depende de ellxs sino de la falta de preparación brindada por quienes deben garantizar el total cumplimiento de la Ley de Salud Mental y el Plan IACOP.

En tanto, si bien sería una necedad generalizar, siguen existiendo los centros de salud, las clínicas y las granjitas donde se desconocen las políticas de reducción de daños; sitios que en muchos casos no cuentan con la habilitación correspondiente, donde los pacientes viven hacinados, son torturados, privados ilegítimamente de su libertad y, en casos extremos, pierde la vida.

FUENTES SI SON NECESARIAS PARA ARGUMENTAR EL ÚLTIMO PÁRRAFO

https://www.adnsur.com.ar/policiales—judiciales/torturas–castigos-y-secuestro-en-un-centro-de-rehabilitacion-de-drogas–rescataron-a-87-pacientes_a63e2ac6611c80fa2807d6264
https://www.laizquierdadiario.com/Muertes-violentas-en-granjas-de-rehabilitacion-algo-tiene-que-cambiar
https://www.clarin.com/sociedad/atados-gallinero-sumergidos-pileta-torturas-recibian-pacientes-centro-rehabilitacion-moreno_0_dpqYiDwFKT.html

ONG´S VINCULADAS A RRDD

  • Argentina:

Asociación de Reducción de Daños de Argentina

Intercambios Asociación Civil

PAF – Proyecto de Atención en Fiestas

  • Uruguay:

Proderechos

  • Colombia:

Échele cabeza

  • Chile:

Fundación Daya

Fundación Reduciendo Daño

Entre otras.

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