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REPROCANN: 30 respuestas sobre aspectos legales

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El sábado 3 de julio de 2021, los integrantes de RESET – Política de Drogas y Derechos Humanos Marcos Torti y Santiago Scully realizaron la charla “REPROCANN – Aspectos legales del Registro del Programa de Cannabis”

La misma se puede ver desde nuestro Instagram @resetdrogas cuyo link les acompañamos a continuación.

 
 
 
 
 
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En la misma se trataron diferentes aspectos del registro nacional y a continuación presentamos un pequeño resumen de las preguntas y las respuestas más importantes.

  1. ¿Cuál es la normativa que avala al REPROCANN?

El REPROCANN se sustenta en la Ley 27.350, específicamente en su Art. 8 y su relación con el Art. 5 de la Ley 23.737. La reglamentación de la Ley 27.350 mediante Decreto N° 883/2020. La Resolución 800/2021 del Ministerio de Salud de la Nación.

  1. ¿Cuál es la relación de la Ley 23.737 con la 27.350 y el REPROCANN?

El Art. 5 de la Ley 23.737 que, entre otras acciones, contempla el cultivo de cannabis pena con 4 a 15 años de prisión a las personas que lleven a cabo las acciones sin autorización o con destino ilegítimo. El REPROCANN contempla el supuesto de autorización y el reconocimiento del destino legítimo de la persona usuaria.

  1. ¿El REPROCANN es nacional?

Si, el REPROCANN es de aplicación nacional. No puede haber parte de la Argentina donde se quiera impedir a las personas anotarse, aún en provincias no adheridas a la Ley 27.350.

  1. ¿El REPROCANN tiene algún costo?

No, el trámite de inscripción no posee costo alguno.

  1. ¿Qué sucede sin una provincia no adhiere a la Ley 27.350?

El alcance del REPROCANN es nacional, incluso por la propia naturaleza del registro. El Art. 8 de la nueva reglamentación establece que las jurisdicciones locales que hubieran adherido a la Ley 27.350 pueden expedir autorizaciones e informar al Ministerio de Salud. Si no es por un mayor reconocimiento de derechos, es un sinsentido armar un propio registro igual al REPROCANN en jurisdicciones locales, por el solo hecho de arrogarse esa potestad.

  1. ¿En el REPROCANN está habilitado solo uso terapéutico?

Si, solo se permite la inscripción para uso terapéutico, medicinal  y/o paliativo del dolor. No es para uso adulto no medicinal.

  1. ¿Cuáles son los formularios para poder ingresar?

Los documentos necesarios son: declaración jurada, que se utiliza el modelo del registro anterior (RECANN), el consentimiento informado bilateral (modelo base) y la indicación de médico del tratamiento con cannabis.

  1. ¿Qué son los roles en el REPROCANN?

Las formas en la cuales uno se puede inscribir en el REPROCANN. Son los siguientes: Persona en tratamiento para sí como paciente o como representante legal del paciente, Cultivador solidario, Médico profesional de la salud que indica cannabis y ONG’s vinculadas a la temática, aunque falta reglamentar en profundidad este punto.

  1. ¿El consentimiento informado bilateral es el único que se puede utilizar?

No, el consentimiento informado del REPROCANN es un modelo base, se puede utilizar cualquiera que sea mejor y más completo. No es necesario utilizar el de la aplicación.

  1. Si me anoto mal, ¿Puedo cambiar de rol?

Si, hace poco agregaron la opción del cambio de rol en caso de haberse anotado mal. También existe la posibilidad del blanqueo de cuenta para volver a registrarse. Además agregaron la posibilidad de anotarse como otro tipo de profesionales de la salud. Sin embargo, hay personas que reportaron no ver estos cambios.

  1. ¿Cuántos roles se pueden tener?

En principio uno solo, pero es algo en lo que están trabajando para prever casos, como por ejemplo, cuando una persona es profesional de la salud y cultivador/a.

  1. ¿Cuánto dura la autorización?

La autorización es por un año.

  1. ¿Solo con el certificado alcanza?

Si, el certificado es válido y posee el aval del Ministerio de Salud de la Nación de acuerdo al Anexo II de la Resolución 800/2021.

  1. ¿La consulta con el médico debe ser presencial?

No necesariamente debe ser presencial la consulta, puede ser por videollamada, por ejemplo.

  1. ¿Cuantas plantas permite cultivar el REPROCANN?

El registro permite hasta nueve plantas en flora, en un espacio de 6 m2. No hay límites de plantas en estado vegetativo, pero hay que tener cuidado con este tipo de situaciones para evitar problemas. No hay restricciones respecto a variedades de THC y CBD. Las autorizaciones son por persona/paciente de forma individual.

  1. ¿Dónde se puede plantar?

Se puede cultivar en el domicilio indicado donde se va a realizar el cultivo. Si bien la resolución habla de cultivo interior, no se refiere a “cultivo indoor” sino a cultivo controlado, no es necesario que sea dentro de las cuatro paredes del domicilio. No se puede realizar el cultivo en exterior. Eso se explicó en un comunicado oficial del Ministerio de Salud.

  1. ¿Qué sucede con los datos brindados al REPROCANN?

Los datos están protegidos por la Ley 25.326 de datos personales y se consideran datos sensibles por encuadrarse en cuestiones de salud. La información brindada solo podría debelarse mediante resolución judicial fundada.

  1. ¿Se puede transportar cannabis?

Si se puede transportar hasta 40g de flores secas y hasta 6 unidades de goteros de 30ml.

  1. ¿Si soy cultivador de otra persona, puedo transportar?

Si, se te autoriza al transporte en mismos términos que al paciente.

  1. ¿Es efectiva la autorización para transportar?

Si, se han corroborado viajes en avión y en diferentes formas de viajes por tierra.

  1. ¿Qué hacen al momento de los controles las fuerzas de seguridad?

Depende el viaje y la situación. Las personas pueden informar previamente o el personal del operativo debe darse por enterado en el momento de la existencia del REPROCANN. Atento a la validez de la autorización, la persona debería poder viajar sin problemas.

  1. En caso de cogolleros ¿Puedo denunciar la sustracción?

En principio sí, porque la persona está autorizada a tener las plantas. La tenencia está reconocida y si resulta víctima de un delito puede realizar la denuncia. Hay casos de devoluciones a personas incluso sin haber estado inscriptas en el REPROCANN.

  1. ¿En caso allanamiento que se puede hacer?

Lo ideal sería que en el marco de una causa penal, el juez antes de librar la orden de allanamiento pueda determinar si en el domicilio vive una persona autorizada por el REPROCANN. En caso de ser así, el juez deberá evaluar y fundamentar la decisión de continuar con el allanamiento, considerando los perjuicios que podría ocasionar al paciente autorizado. En el caso de realizar un allanamiento y conocer en el mismo momento que hay una persona autorizada en el domicilio, la fuerza de seguridad interviniente debería realizar consulta con el magistrado y hacerle saber la situación a los fines de tomar las medidas necesarias. Hubo casos de allanamientos frustrados por personas inscriptas. Un caso diferente es cuando ingresan fuerzas de seguridad en un domicilio respecto a un hecho tercero y encuentran el cultivo. En ese caso y de estar autorizada la persona, no deberían iniciarle proceso alguno.

  1. ¿Cuántas personas pueden cultivar en un domicilio?

Hay casos donde se autorizó a más de una persona para poder cultivar en un mismo domicilio. De ello depende también la cantidad de plantas que se puedan cultivar. La autorización es por paciente y son hasta nueve plantas por paciente. Pero todo depende de la forma en que avance el programa.

  1. ¿Cuántas personas hay inscriptas?

Hay más de 10.000 personas inscriptas en el REPROCANN.

  1. ¿Cómo es la cuestión de los médicos y las obras sociales para el REPROCANN?

Todavía no se encuentra bien reglamentado este aspecto sobre los profesionales de la salud y las obras sociales. Las obras sociales incluso argumentan en diferentes procesos que los pacientes deberían inscribirse en el REPROCANN, a pesar que las personas se encuentran reclamando que la propia obra social se haga cargo del costo de importación de un derivado. En general, las consultas con los profesionales de la salud son privadas.

  1. ¿Fuerzas de seguridad se anoticiaron del REPROCANN?

Si bien falta que las fuerzas de seguridad del país se encuentren en total conocimiento de la existencia del REPROCANN y que hay personas autorizadas a cultivar, se sigue avanzando en ese camino. Hay ideas de establecer protocolos de actuación para las fuerzas de seguridad y anoticiar al Poder Judicial en igual forma.

  1. ¿Qué sucede en caso de infracción de los requisitos y obligaciones del REPROCANN?

La persona que incumple alguna de las obligaciones del REPROCANN no debería ser sancionada a la luz de la ley penal 23.737, y debería establecerse un régimen de sanciones administrativo.

  1. ¿Qué sucede con las semillas y el INASE?

En principio el Art. 11 de la Resolución del REPROCANN (800/2021) explica que las personas inscriptas quedarán por fuera de la trazabilidad del INASE, pero en caso de querer realizar trámites ante dicha institución, se deberá acreditar el origen cierto de la semilla. Sin embargo, queda pendiente una regulación sobre este aspecto para simplificar el acceso a las semillas y su importación a través del INASE.

  1. ¿Hay casos donde jueces hayan analizado el REPROCANN y su implicancia legal?

Si, desde su creación hubo casos donde jueces analizaron la situación del REPROCANN en la Argentina.

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97 pensamientos en “REPROCANN: 30 respuestas sobre aspectos legales”

    1. De acuerdo al comunicado que emitió el Ministerio de Salud, pretenden que sean cultivos “controlados” que no dependan de condiciones externas como clima, suelo, etc.

      1. Hola trabajo en un geriatrico y hay 42 pacientes podria cultivarles a todos los pacientes o cada permiso es para uno solo? Espero su respuesta.

    2. Holaa si se puede.

      Con una redacción confusa, se interpretó que el cultivo al aire libre no estaba permitido, y que sólo se habilitaba la modalidad interior.

      Luego, el propio Ministerio aclaró en un comunicado oficial, que al hablar de «interior» no se refería al cultivo «indoor», sino al que sea realiza de manera controlada en el hogar. De modo tal que el cultivo en patios, jardines, terrazas y balcones estaría permitido.

        1. Si se probars un perjuicio hacia vod en principio podes plantearle a tu vecino si utiliza filtros para reducir el olor, los mismos estan a la venta en distintos comercios, pero depende de como lo concilies con tu vecino.

        2. Y los derechos de los veganos que huelen el olor a asado? Y los derechos de los que les molesta la.musica fuerte ? Los derechos de los que no toleran la.basura en la vereda? El olor a orina de gato? Y así podemos seguir eternamente. Déjese de joder y deje vivir a los demás.

        3. Es una flor… el aroma es muy agradable….
          Y hay muchas otras plantas que tienen diferentes perfumes…. inclusive árboles que están en las veredas….

        4. Y si tu vecino tiene una planta de té de burro también te vas a quejar? Porque solamente es una planta, con olerla no te va a suceder nada

        5. y quien defiende a lxs gurises que fumigan con atrazina y glifosato… ay ay ay… para un vecino nada mejor que la palabra sincera y el afecto…
          donde estan mis derechos del articulo 41 de la constitucion nacional si ponen un frigorifico de pollos al lado de mi casa? donde esta el respeto a mi olor a tierra, pajaros y flores del monte, si desmontan y arruinan toda la naturaleza…

    3. Si lees bien, el item 16 te explica que interior se refiera dentro de tu casa, osea tú terreno, a mi entender no se puede poner el cultivo que de a la calle por ejemplo, o mismo fuera de tu terreno . Saludos

    4. Buenos dias, el cultivo se permite tanto en exterior como interior, lo que no avala la ley es que las plantas estén en un lugar ajeno a la propiedad del paciente

      1. Hola Morgan, tengo una duda con respecto al domicilio, quizas puedas colaborar con la respuesta. Actualmente vivo con mis padres y no es un lugar confortable en donde pueda cultivar, mas alla de que dispongo del reprocran. El unico lugar que dispongo es en mi trabajo,te explico para que haya claridad y no cometer alguna irregularidad con la ley. Tengo un laboratorio dental, trabajo independiente y no recibo pacientes ni personas en el domicilio, solo estoy yo y dispongo de una habitacion donde puedo poner 2 plantas que por el momento esta super para aprender con/de la medicina natural. La duda es porque ese lugar es una casa en donde hay varios consultorios, pero yo estoy en el segundo y ultimo piso solo, tendria algun inconveniente solo por eso, por no ser mi residencia, o mi casa?.

    5. Exterior se refiere a fuera del domicilio, por ejemplo la vereda, no hace referencia al aire libre si no a los límites del terreno donde se encuentra el domicilio

  1. Hola.
    El médico que recete el cannabis debe estar registrado en reprocann? Como acceder a una lista de profesionales que ya tengan el perfil hecho en repocann?

    1. Hola! Si, el médico debe estar inscripto en el REPROCANN. Hay varias organizaciones de médicos como Educannar, Procannt o Reprocann (coinciden con el nombre del registro pero es una organización de médicos) y podes encontrarlas en las redes.

  2. La hipocresia y el cinismo al palo , aplicaciones de neto caracter fascista ,solo falta que para validar tu identidad te digan que es solo para blancos ….si tenes barba no te valida jajaajaj ningunean el consumo recreativo y somos los que pusimos el tema cannabis en debate….

  3. Hola, hay un error en el domicilio de mi credencial, donde dice CP está mi altura de propiedad… cómo podría restablecer el domicilio correcto? tengo miedo de que me hagan hacer todo de nuevo…

  4. hola! cuanto tarda en salir la autorizacion masomenos? mi medico mando todos los datos el viernes pasado y todavia hoy miercoles ala madrugada no hay noticias. gracias!

    1. Revisa bien siempre porque a veces no sale a mi esposo le salió en un mes prácticamente y no se veía en la app y ni
      en la página imagínate un mes después se vio en la página valga la redundancia

    2. Es variable…. A mi me ha pasado que autorizaron al paciente de forma inmediata, en el mismo día que lo registré, y otros que han tardado hasta 2 meses….

  5. Hola
    He sido vinculado por el médico pero pasan los días y no tengo noticias de la autorización. En que tiempo promedio autorizan? Y donde se ve la autorización? En la app mi argentina?
    Gracias

  6. Hola Gente hermosa que hacen tanto por la salud. les quiero hacer una consulta. estoy intentando alquilar en buenos aires y necesito cultivar 2 o 3 plantas para la elaboracion de los aceites que uso para una serie de sintomas y enfermedades comprobables que transito. mi pregunta concreta es si el permiso de autocultivo me ayudaria a que no me molesten dueños e inmobiliarias con el tema. el REPROCANN me protege legalmente tanto a mi como a quienes me alquilen?

  7. Hola, queria saber si existe algun protocolo que deba cumplir, antes de subir al avion (para viajar dentro de argentina)con flores secas?

    1. Vi que cuando le encuentran marihuana a las personas en los aeropuertos de Argentina, preguntan si tienen permiso y sino ya te demoran. Te conviene avisarlo vos mismo antes y mostrar el permiso así ya saben y no lo “descubren” ellos. Sería la mejor manera. Quizás alguien te pueda dar una respuesta más formal.

  8. Hola. Hace unos días está caída la página de REPROCANN. Sabrá algún lector si para recibir confirmación del registro, notifican de alguna manera (mail) o solo es por la página que se puede ver ? En app miargentina se podría ver? Gracias. Saludos

  9. Hola llevo más de un mes con el trámite realizado y hasta hace unos dias podía entrar a mí argentina y ver q estaba en revición, pero ahora no tengo la opción de verlo

  10. No queda claro lo de cultivo en exterior. Se refiera a que no se puede cultivar en el patio cercado o rodeado de muro del domicilio registrado o se refiere a que no se puede cultivar en una domicilio donde el sector a cultivar exceda los 6m2 y no posea restricción perimetral lo que facilitaría que las plantas se diseminen cubriendo mas superficie.

  11. En el anexo, el 7mo acuerdo, acepta inspecciones sin previo aviso, a fin de constatar el cultivo, es allanamiento? Tengo que estar tranquilo o van a venir?

  12. Se entiende perfectamente porque dice interior. Al ser cultivo para de uso medicinal y a su vez la mayoría de los cultivadores no son “expertos en cultivo”, es mas que nada para evitar posibles contaminaciones de la materia prima para después obtener medicina en perfectas condiciones. Al aire libre, en tierra (pacha) surgen mayores complicaciones y principalmente menor calidad que al realizarlo de manera mas controlada en interior, o invernadero.
    Gran avance, de a poco se moldea mas la ley y las normas al recaudar mas investigación.

    *No usen fertilizantes químicos ni minerales. Asegurarse de usar orgánico para obtener una medicina mas limpia y sana.
    Saludos

    1. No hay nada que te de mejor calidad que la tierra, agua y sol. Entiendo que interior es dentro de tu propiedad, no se puede pretender que el paciente gaste un montón de plata en instalar un indoor (que también debería estar regulado si fuese el caso), disponer de una habitación de 6m2 destinada al cultivo y otras cuestiones, siendo que tal vez tiene un patio o jardín. Creo que apunta a que se maneje con discreción y controlar el cultivo, cosa que también se puede hacer en exterior.

  13. Hola, me han otorgado mi licencia de cultivo, pero en dicha licencia pusieron mal mi fecha de nacimiento, la cual aporte en los formularios, con las fotos de mi DNI y la información de MiArgentina, he revisado toda la documentación que he enviado y en ningún momento he puesto mal dicha información, estoy llamando al ministerio de salud para que me solucionen el problema y también envié correos al programa cannabis y no he obtenido respuesta alguna.
    ¿Cómo puedo solucionarlo?

  14. Federico Bruno López

    Buenos días…ya tengo mi certificado, cuánto tarda en aparecer la CREDENCIAL en la app mi Argentina?
    Gracias

  15. Hola !
    Ya estoy inscripto y aprobado. Alguna vez pude visualizar el certificado desde la app mi argentina, pero hace dias que la app esta con fallas y no me deja volver a ver mi certificado.. tengo que viajar en unos dias y no se que hacer si me paran

  16. Mi registro de cannabis lo tenía en la app mi Argentina..
    Cuando cambio la contraseña en la app desaparece mi permiso, yo ya tenía mi credencial.
    Alguien puede decirme como recuperarlo otra vez?

  17. Entiendo que cultivo interior se refiere al domicilio declarado, no si es en el techo, patio, patio interno o balcón. Y si va a ser en maceta o en tierra. Estoy en lo correcto?

  18. Gran pregunta. Yo tengo el carnet. Y vivo en la isla de tierra del fuego. Quiero ir al continente por tierra lo cual tengo q hacer frontera chilena. Saben informarme si puedo transportar ya q solo estoy en transito por chile unos 100km. O donde puedo preguntar.

  19. Quería saber si ya cultivo y estoy próximo a obtener el certificado de reprocann, si me llega a encontrar la policía, que sucede en este caso puntual.

  20. ¿Los inscriptos en el REPROCANN no pueden consumir cannabis en la vía pública? Se entiende que para no entrar en conflicto con la ley 23737, deberían hacerlo en su vivienda. Es así o esa situación tiene alguna legislación al respecto. Me gustaría conocer la respuesta.

    1. Hola, le pregunté eso mismo al médico que me inscribió en el REPROCANN y me respondió que no está del todo claro. Según él, mucha gente con problemas de ansiedad o ataques de pánico necesitan consumir en momentos de estrés, ya sea en la vía pública o en su domicilio. En ese caso, se entiende como algo racional la necesidad de fumar en la calle. Repito, no está del todo claro y esto es lo que deduce él en base a discusiones sobre el tema que se dieron en congresos sobre consumo de cannabis medicinal en nuestro país.

    1. Buenas, hoy me paro la policía en un control en la ruta 2 y tenía el reprocan vencido, el trámite de renovación ya lo hice y está pendiente de evaluación, me secuestraron las flores por que decían q al estar vencido no me cubría legalmente, esto es así ? Alguien sabe ?

  21. buenas noches compas. El dueño de la casa que alquilo sacó el reprocann y puso este domicilio. Eso me inhabilita a tramitar mi registro? tiene que cambiar èl primero el domicilio? saludos y muchas gracias!

  22. Tengo una gran duda … Si una persona se hace el reprocan , y tiene flores en su domicilio , y lo paran transportando 15 gr ( ejemplo). ..ya con tener el reprocan deberian dejarlo ir ? No pueden consultar de dónde salieron las flores si este recién está recién inscripto ( supongamos que lo paran al mes ) o ya con el reprocan es suficiente para que lo dejen tranquilo ?

  23. Buenos dias que tal?que pasa si rechazan mi solicitud sin motivo alguno? Puedo iniciar el tramite de nuevo? La rechazaron despues de esperar casi 2 meses el analisis…

  24. Hola buenas Noches,por lo que leí dicen que no cobran el trámite para anotarte en el REPROCANN.
    Yo me comunique con una supuesta Doctora y me dijo que el trámite tenía un costo de 5.000$ Cinco mil pesos.

  25. Hola! Alguien sabe si están respondiendo los correos electrónicos para el blanqueo de cuenta? Mandé hace 1 semana y nada. Saludos.

  26. En ningún lado dice, y nadie explica que sucede despues del año de validez del permiso.
    Como “retramito” la renovacion?, debo volver a abonarle al medico?, si es necesario volver a abonar; hay alguna manera de que lo haga la Obra Social?

  27. Hola muy buenos días alguien me podría decir si puedo registrarme como cultivador solidario? Entiendo esto a cultivar bajo la reglamentación, y luego ceder el producto a quien lo necesite…
    Muchas gracias

  28. Hola muy buenos días alguien me podría decir si puedo registrarme como cultivador solidario? Entiendo esto a cultivar bajo la reglamentación, y luego ceder el producto a quien lo necesite…
    Muchas gracias

  29. Hola buenos días tengo la autorización más de 30 días pero dice estamos trabajando para que veas tu credencial alguno me da una mano ?

  30. Hola, tengo una duda con respecto al domicilio, quizas puedas colaborar con la respuesta. Actualmente vivo con mis padres y no es un lugar confortable en donde pueda cultivar, mas alla de que dispongo del reprocran. El unico lugar que dispongo es en mi trabajo,te explico para que haya claridad y no cometer alguna irregularidad con la ley. Tengo un laboratorio dental, trabajo independiente y no recibo pacientes ni personas en el domicilio, solo estoy yo y dispongo de una habitacion donde puedo poner 2 plantas que por el momento esta super para aprender con/de la medicina natural. La duda es porque ese lugar es una casa en donde hay varios consultorios, pero yo estoy en el segundo y ultimo piso solo, tendria algun inconveniente solo por eso, por no ser mi residencia, o mi casa?.

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