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ENTREVISTA A XIMENA STEINBERG

¡Compartilo!

por Fabio Ramos
Integrante de RESET – Política de Drogas y Derechos Humanos.

Chile recorre desde hace varios años un largo e intenso camino hacia la regulación de la marihuana con usos terapéuticos. Lo hace de la mano de fundaciones como Mamá Cultiva -que inspiró en Latinoamérica el nacimiento de agrupaciones de madres que se sirven del autocultivo para aliviar enfermedades de sus hijos- y también de legisladores que han presentado decenas de proyectos para modificar la Ley de Drogas (Ley 20.000) de esa nación.

En el mismo sentido trabaja la Fundación Ciencias para la Cannabis, una organización sin fines de lucro fundada en 2014 por cuatro investigadores que tiene por objetivo promover y desarrollar el estudio de dicha planta y del sistema endocannabinoide, además de fomentar y llevar adelante la educación en cuanto a cannabis medicinal de profesionales de la salud, con el apoyo institucional de la misma Universidad de Concepción.

RESET habló con la doctora en bioquímica Ximena Steinberg, cofundadora de Ciencias para la Cannabis y colaboradora permanente de la Defensoría Penal Pública Nacional como perito bioquímico en causas por infracción a la Ley 20.000. La especialista contó sobre su trabajo y brindó su opinión sobre la actualidad chilena en materia de política de drogas.

¿Cómo fue que desde tu profesión de bioquímica ingresaste al mundo del cannabis y el sistema endocannabinoide?

Hice la carrera en la Universidad de Concepción, y desde que la inicié en 2001 hasta finalizarla, no vimos nada al respecto. Recién en el Magíster de la carrera de bioquímica vi algo. Yo era usuaria de cannabis desde hacía ya varios años pero no conocía nada sobre este sistema endógeno del ser humano.

Con el tiempo aparecieron publicaciones sobre los potenciales usos medicinales del cannabis y me fui interesando cada vez más en el tema. Estudiaba por mi cuenta, no conocía a nadie que me guiara. Hasta que tuve la oportunidad de hacer una pasantía en Vancouver, Canadá, en el Centro de Ciencias para la Salud, y conocí los dispositivos donde se practicaba el alivio compasivo del dolor con cannabis. Canadá me mostró que el cannabis medicinal venía con fuerza. Y de regreso, en 2013, empecé a estudiar el tema con más intensidad.

Por esos años nació la Fundación Ciencias para la Cannabis…

En 2014 se fundó y en 2015 obtuvimos la personería jurídica. A raíz de la falta de investigación y de información disponible, y del interés de los académicos, cuatro amigos y colegas con mucho interés y curiosidad en la temática decidimos armar un espacio para investigar. Tuvimos conversaciones con varios entes, como universidades, para poder estudiar la planta, pero posiblemente por tratarse de algo prohibido, no tuvimos ninguna respuesta positiva.

Hubo estudios que se enmarcan en lo que se conoce como ciencia básica y si bien nos formamos para ese tipo de trabajos, entendimos que eran insuficientes. Sosteníamos que había que llevar el conocimiento a un término más humano para resolver problemáticas que se estaban volviendo urgentes, principalmente las vinculadas con patologías refractarias a los fármacos convencionales pero que sí mostraban respuestas positivas con el uso del cannabis.

La ley de Drogas de Chile presenta una serie de contradicciones, ¿qué opinás sobre esa legislación?

Es que si lees la Ley 20.000 piensas: “No es una mala ley”. A ver. El artículo 4° prohíbe la tenencia de sustancias ilegales y el artículo 8° castiga el cultivo y producción de las sustancias que están en la Lista 1 de sustancias prohibidas, entre ellas el cannabis. Pero al final de ambos artículos se indican excepciones penales. Es decir: prohíben prácticas como la tenencia, el cultivo y la producción, excepto si se realizan con fines exclusivos, personales y próximos en el tiempo.

Para ser más claros: si el objetivo final de estas acciones es el uso personal de la sustancia, están despenalizadas. ¿Cuál es el problema de la ley? Su implementación. El Ministerio Público de Chile persigue más allá de lo que dice la ley. Exige que los usuarios deban demostrar ante el juzgado esa excepción penal. Pero mientras tanto la policía les quita sus derechos, sus plantas, sus objetos para cultivar. Mi mayor crítica a la ley es cómo el Ministerio público abusa de la misma, dándole a los fiscales el poder de interpretarla a su gusto, lo que conlleva atropellar los derechos de los usuarios de sustancias en general, no sólo de cannabis.

La ley le permite al Estado ingresar a un espacio soberano y personal, a los hogares, es decir, a lugares donde no tiene nada que hacer. Porque yo decido lo que hago con mi cuerpo en mi espacio privado, mientras no dañe a terceros.

¿La ley presenta más variables libradas a la interpretación de la justicia?

Claro. Cuando habla de pequeñas cantidades. Y de lo que ya he mencionado, aquella cuestión de la proximidad en el tiempo. En mi trabajo como perito en la Defensoría Penal Pública Nacional en causas por infracción a la ley 20.000, cuando se trata de un cultivo de cannabis apunto a que la proximidad en el tiempo se relacione con el ciclo del cultivo.

Por ejemplo, si es cultivo en el exterior una sola vez al año, la proximidad en el tiempo para tener cannabis para uso personal es de un año. En indoor, el tiempo depende de cada estrategia de cultivo. En cuanto a la cantidad de plantas permitidas, que es algo que se está discutiendo. ¿Podríamos decir que hasta tres es consumo personal y que cuatro ya representa fines de tráfico? La cantidad de plantas no define su destino, definir cantidades es un arma de doble filo.

Es una discusión totalmente inútil. La ley tendría que explicitar que para iniciar acciones contra un usuario de sustancias prohibidas debería existir evidencia clara de tráfico; no sugerible o a partir de la intuición de la policía o del fiscal. Pero más allá de los argumentos de un peritaje y de la defensa, es el juez quien define sobre estas cuestiones subjetivas.

En cuanto al cannabis para uso medicinal, ¿por qué considerás que se demora tanto su regulación y cómo considerás que debería hacerse?

Hace años que se viene debatiendo este tema pero por diversos factores no se avanza con cambios de fondo: el conservadurismo de una gran parte de la clase política de Chile y su miedo de brindar libertades al pueblo porque piensan que las personas no van a saber manejarse, el gran negocio del mercado negro que es posible gracias a la prohibición, la necesidad de los fiscales de detener a cierta cantidad de narcotraficantes cuando en realidad en su mayoría son usuarios y personas que cultivan para autoabastecerse.

Y los intereses de la industria farmacéutica, que quedaron en evidencia con las modificaciones legislativas de diciembre de 2015 y enero de 2016, que regularon el ingreso al país de fármacos a base de cannabis y la producción local de fitofármacos con marihuana por parte de laboratorios.

En mi opinión, el Estado debería garantizar el acceso a todos los pacientes. Si el objetivo es brindar a los pacientes la cobertura de los tratamientos médicos con cannabis no debería haber ninguna dificultad u obstáculo para el abastecimiento, porque cualquier obstáculo sería un atropello al derecho a la salud de las personas. En ese sentido, debería estar garantizado el acceso al cannabis a través de la importación y producción local de fitofármacos pero también a través del autocultivo.

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