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Ley de uso medicinal del cannabis y facultades provinciales para legislar en materia de autocultivo

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Ley de uso medicinal del cannabis y facultades provinciales para legislar en materia de autocultivo

Mariano Fusero.
Marcos Chigal.

I. Resumen
El trabajo analiza distintos aspectos relacionados con la Ley 27.350 de “Investigación médica y científica de los usos medicinales de la planta de cannabis y sus derivados”, y en especial, pone énfasis en la práctica del cultivo de cannabis que realizan las personas como medio de obtención de los derivados de la planta para tratamientos terapéuticos. En la actualidad, las personas con diferentes enfermedades y patologías que cultivan cannabis para hacer frente a sus dolencias se encuentran en la ilegalidad, y son susceptibles de penas de 4 a 15 años de prisión. En este sentido, se considera que las potestades regulatorias que mantienen las provincias en materia de salud permitirían legislar respecto al cultivo de cannabis con fines terapéuticos, en un camino para proteger los derechos humanos de las personas que buscan una mejor calidad de vida.

II. Fuente
Publicado en el mes de octubre de 2019, en la Revista “Igualdad, autonomía y derechos sociales”, Número 10, de la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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