Quienes alientan el proyecto de reforma de la ley penal juvenil aseguran que viene a saldar una deuda pendiente con la democracia y con lxs jóvenes y adolescentes, pero olvidan que está fuera del marco constitucional y convencional al que nuestro país está obligado. Ninguna propuesta que incorpore la baja se adecua a las directivas de la Observación General Nro. 24 del año 2019, relativa a los Derechos del Niño en el sistema de justicia juvenil.
Lo que debería interpelar a la Cámara de representantes del pueblo y de las provincias, es la deuda que tiene el Estado respecto a la necesidad de elaborar políticas públicas generales que atiendan la educación, el deporte, la alimentación, el esparcimiento y la salud en cada rincón de la Argentina. Es allí donde,retirado el Estado por decisión de este gobierno o por no haber estado nunca, permaneció el crimen organizado captando esencialmente a niños pobres, con necesidades básicas insatisfechas, para quienes no hay centros de abordaje de consumos, psicólogos o equipos interdisciplinarios de atención.
Con la vigencia de la Ley de Desfederalización de delitos vinculados al tráfico de drogas, la información estadística muestra que los sistemas de justicia locales absorben un cúmulo de causas mayor al que tramitaba en la justicia federal antes del traspaso de la competencia, siendo fundamentalmente hechos de comercio al menudeo y por tenencia para consumo personal.
En este sentido, las causas iniciadas dan cuenta del actuar preventivo de la policía local en espacios públicos, plazas, veredas, etc., donde lxs adolescentes o jóvenes se reúnen frente a la ausencia de dispositivos como clubes, centros barriales recreativos, espacios de ocio y arte. Esta selectividad que realiza el sistema penal no busca mayor seguridad, sino que profundiza un sistema que actúa como una red que solo atrapa a los eslabones más vulnerables del territorio, mientras las estructuras del narcotráfico permanecen intactas.
No se puede desconocer la existencia de un sistema legal de promoción y protección de derechos para niños, niñas y adolescentes y discursivamente justificar el avance de la baja pretendiendo que sea el sistema de castigos el que lo aplique. No se trata únicamente del encarcelamiento, atravesar el sistema penal marca la vida de las personas.
En este contexto, sancionar un proyecto de ley con baja de edad de punibilidad, con las instituciones del sistema de protección integral de derechos absolutamente arrasadas, como la acefalía de la Defensoría de Niñez de la Nación y el desfinanciamiento de la SENNAF y el CONSEJO NACIONAL, y con el 60% de los niños, niñas y adolescentes en la pobreza -según datos del INDEC-, cierra un círculo de retroceso en materia de derechos humanos hipócrita e injusto. No se puede proponer la cárcel como respuesta cuando seis de cada diez infancias están en la pobreza; la baja de imputabilidad no es una solución jurídica, es la oficialización del abandono estatal bajo una lógica de control social hacia quienes el sistema ya ha decidido no integrar.
Otros datos demuestran la escasa incidencia de participación de menores a 16 años en el acontecimiento de hechos delictivos no llegando al 3% según datos que brindó la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales (JUFEJUS) recientemente. Por lo que esta reforma destina recursos económicos a una herramienta que no modificará la situación actual de prevención del delito.
El sistema penal juvenil debe ser repensado, pero merece un proyecto de ley que garantice la vigencia de la Convención de los Derechos del Niño, integración con el sistema de protección de derechos de la ley 26.061 y afectación de recursos, así como su intangibilidad para el cumplimiento en todo el país.
La justicia penal no puede ser la respuesta a la falta de salud pública y a la exclusión estructural de nuestras juventudes.
